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Preguntas Frecuentes

¿Cuál es el débito mensual del seguro?

El débito mensual por este seguro es de USD 8,78

¿Cuál el  máximo de edad para acceder al seguro?
La edad para poder acceder al seguro es de 18 a 60 años.

¿Cuál es el máximo de cobertura que me ofrece este seguro?
La cobertura es de hasta 18 meses de los valores de remesa recibidos (promedio de   los últimos 6 envíos recibidos máximo USD 400 mensuales).

¿Mientras más tiempo tenga con el seguro mayor es la cobertura?
Sí, a mayor permanencia con el seguro más beneficios tiene.

De 1 a 6 meses de permanencia  cubre 7 pagos mensuales.
De 7 a 9 meses de permanencia cubre 10 pagos mensuales.
De 10 a 13 meses de permanencia cubre 14 pagos mensuales.
Más de 14 meses de permanencia cubre 18 pagos mensuales.

¿Quiénes son los beneficiaros en este seguro?
El beneficiario solo puede ser una persona y es quien recibe la remesa del familiar en el exterior.

¿Este seguro es transferible?
El seguro es intransferible. Sólo protege individualmente al asegurado y beneficiario.

¿El seguro tiene un tiempo de vigencia?
Sí, tiene vigencia de un año y su renovación es automática por periodos anuales, salvo que una de las partes decida su terminación previa a una notificación.

¿A qué números debo llamar en caso de siniestro?
En caso de fallecer  el asegurado comunicarse a los números en Ecuador : (02) 2554788 ó (04) 2580527 dentro de los días a partir de que el contratante tenga conocimiento del suceso.

¿Cuáles son los documentos que debo llevar en caso de siniestro?
  1. Formulario de reclamación.
  2. Acta de defunción.
  3. Partida de nacimiento o copia de cédula de ciudadanía del asegurado.
  4. Partida de nacimiento o copia de cédula de ciudadanía del beneficiario.
  5. Posesión efectiva de bienes del o los beneficiarios.
  6. Declaraciones de muerte presunta, publicaciones, si fuere el caso.

¿En caso que la persona que está en el exterior regresara al Ecuador, el dinero debitado es reembolsable?
No, el seguro no es reembolsable. Para terminar el contrato la persona debe avisar por escrito a la compañía comunicando su decisión de no continuar con el seguro.  Dicho aviso deberá efectuarse con no menos de treinta (30) días de anticipación.
 
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